TC declara inadmisible acción contra disposición prohíbe reelección a Danilo Medina

Por Redacción (vozlibrerd@gmail.com)

SANTO DOMINGO, REPÚBLICA DOMINICANA.- El Tribunal Constitucional declaró inadmisible una acción directa de inconstitucionalidad contra la disposición transitoria de la Constitución, en razón de la imposibilidad de declarar inconstitucional la propia Constitución.

El abogado Fredermido Ferreras Díaz sometió ante el TC una acción directa que buscaba la nulidad de la vigésima disposición transitoria, del 13 de junio de 2015,  que prohíbe al presidente Danilo Medina optar por otro período.

En el comunicado 32-18 publicado por el TC se establece: “inadmisible la acción directa de inconstitucionalidad incoada por Fredermido Ferreras Díaz contra la disposición transitoria vigésima de la Constitución, de trece de junio de 2015, en razón de la imposibilidad de declarar inconstitucional la propia Constitución”.

La vigésima disposición transitoria de la Carta Magna dice: “En el caso de que el Presidente de la República correspondiente al período constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el período constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período ni a ningún otro período, así como tampoco a la Vicepresidencia de la República”.

 

 

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