JCE firmará acuerdo con los partidos para detener campaña electoral a destiempo
Por Ricardo Curiel (curielmiguel479@gmail.com)
SANTO DOMINGO.-El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) presentó este jueves a los partidos políticos una propuesta para formalizar un compromiso cívico y democrático, con el propósito de detener la campaña política a destiempo, cuya propuesta fue debatida hoy en un encuentro con los representantes de las organizaciones políticas.
Román Jáquez, presidente de la Junta Central Electoral, tras finalizar la reunión dijo que acordaron con los partidos formalizar el compromiso el 03 de noviembre, a las 10:00 de la mañana, y los partidos tienen plazo hasta el 31 de octubre, a las 4:00 de la tarde para validar el documento con sus respectivas autoridades.
Por más de cuatro horas la propuesta fue debatida en la sede del organismo comicial, en la que se resalta el compromiso e que la igualdad de competencia en la contienda electoral se debe garantizar, sin ningún tipo de ventajas de nadie sobre nadie.
Los partidos se comprometen en la propuesta a ser firmada de que antes de la precampaña, solo está permitida la realización de actividades exclusivamente institucionales a lo interno de las organizaciones políticas, a la vez de respetar las prohibiciones contempladas en el artículo 8 de la Resolución No. 28/2021, que emitió el Pleno de la Junta el 13 de octubre de 2022.
De acuerdo a la resolución, estas son las actividades que los partidos no deben realizar.
1) Realización de Mitines, caravanas y concentraciones de personas en lugares públicos;
2) La colocación de vallas, afiches o cruza calles en las cuales se pueda verificar la propuesta de precandidatura o el cargo al que se pretende aspirar, a menos que las mismas sean colocadas y utilizadas en el interior de los locales partidarios, y que no sean visibles al exterior del mismo:
3) La colocación de mensajes o promociones pagadas de indole política en los medios radiales, televisivos, medios de mensajería instantánea, entre otros:
4) La promoción y reconocimiento por parte de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos a los y las aspirantes como precandidatos/as o candidatos/as para ninguno de los niveles de elección previstos en la ley;
5) La utilización de altoparlantes. bocinas y disco light promocionando a los aspirantes ante la población:
6) La producción y uso de propaganda alusiva a los aspirantes, en grupo de personas. como son camisetas. gorras, banderas. cintillos promocionales. salvo que los mismos sean utilizados de manera exclusiva en el interior de los locales de las organizaciones políticas a propósito de una actividad interna;
7) La Contratación para la difusión de publicidad o propaganda a través de los medios de comunicación televisivos. radial y redes sociales y que tengan como propósito promocionar a los aspirantes; entre otras establecidas en la referida resolución;
8) La realización de marchas, mítines o propaganda de cualquier tipo en los actos públicos realizados por entidades estatales, que promuevan un determinado aspirante y que afecte la solemnidad institucional que debe caracterizar a estos eventos: entre otras establecidas en la indicada resolución.
«Ante las violaciones a estas prohibiciones la Junta Central Electoral tomará las acciones y sanciones correspondientes», indica el documento.
La Junta Central Electoral, a través de un comunicado publicado el 24 de octubre de 2022, manifestó su profunda preocupación por el desbordamiento del proselitismo electoral que llevan a cabo partidos politicos y que amenaza gravemente con quebrantar la integridad electoral, pudiendo crear desafección en todo el sistema electoral.
