Tribunal varia a homicidio voluntario proceso contra Antonio y Maribel Espaillat por caso Jet Set

Por Redacción vozlibrerd@gmail.com
SANTO DOMINGO.,-El juez Franny González Castillo, de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional, modificó formalmente la calificación jurídica en el proceso contra los hermanos Antonio y Maribel Espaillat por el colapso del techo de la discoteca Jet Set. La tipificación del delito penal pasó de homicidio involuntario a homicidio voluntario y golpes y heridas voluntarios bajo la figura de dolo eventual.
El magistrado determinó que los acusados tenían conocimiento pleno del deterioro del techo y recibieron advertencias previas documentadas sobre el peligro real e inminente antes de la tragedia del 8 de abril de 2025. Al no detener el evento, la conducta dejó de considerarse simple negligencia para ser catalogada como relevante en derecho penal (dolo eventual)
El juicio inicia desde cero:
Debido a que las penas correspondientes a homicidio voluntario (artículos 295 y 304 del Código Penal) superan las competencias del tribunal actual, el caso fue remitido a un Tribunal Colegiado del Distrito Nacional y el proceso deberá comenzar por completo desde el principio tras un sorteo judicial.
La reacción de las víctimas: Los familiares de los afectados, agrupados en el movimiento Justicia Jet Set, celebraron la medida como una «primera victoria» hacia la verdad, tras el derrumbe que dejó un saldo trágico de 236 fallecidos y más de 180 heridos.
Con este cambio jurídico, los hermanos Espaillat ahora podrían enfrentarse a una pena de 20 a 30 años de prisión. [
LA TRAGEDIA PUDO EVITARSE

El magistrado señaló que quienes tenían a su cargo la discoteca conocían la situación del techo antes del 28 de marzo, conforme a las informaciones que les comunicaron Manuel Jiménez y Gregorio Adamés.

«Quien tenía a su cargo la discoteca tenía conocimiento del techo. Tenía conocimiento y control de todo lo que pasaba en el techo, puesto que la situación se le comunicó antes del 28 de marzo», expresó.

A partir de esos elementos, sostuvo que los imputados tuvieron la posibilidad de intervenir para evitar el desplome.

«Por lo que pudieron evitar el hecho y ninguno tomó la decisión de corregirlo, que fue precedido de múltiples señales para evitar el colapso y la estructura del techo fue alterada», manifestó.

Reiteró que la teoría del caso de la Fiscalía ha sido probada hasta ese momento procesal y que cuenta con respaldo en las declaraciones de testigos y pruebas periciales.

«La teoría fiscal a la que se adhieren algunas partes querellantes y actores civiles tiene soporte probatorio y se corrobora con lo expresado por los testigos y extraído de las pruebas periciales», sostuvo.

Explicó que «a juicio de este tribunal, la teoría fiscal no encaja en delitos culposos».

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